¿Qué es “dinero”? La Real Academia Española define “dinero” como el conjunto de monedas y billetes que se usan en una sociedad como medio legal de pago.

Más recientemente y gracias a la implementación de la tecnología en el mundo de las finanzas, el concepto de lo que entiende por “dinero” es más amplio en la actualidad dado que, junto a monedas y billetes, también debemos de considerar otras manifestaciones de “efectivo” como las anotaciones en cuenta (cuentas corrientes, depósitos bancarios, depósitos a plazo, etc.), así como otros soportes de “efectivo” como las tarjetas de crédito, el pago con teléfono móvil, o el pago a través de paypal, por citar algunos ejemplos. No obstante, hay que tener en cuenta que, independientemente de la forma o el soporte en el que venga expresado, estamos hablando de “dinero” en forma de “efectivo”, también conocido como “papel-moneda” o “moneda fiduciaria”.

En el pasado, el ser humano pagaba sus transacciones con otras “formas de dinero” diferentes a las que conocemos hoy en día, tales como conchas marinas, granos de café o telas de seda, para más recientemente hacerlo ya con piedras preciosas y metales como la plata y el oro. Posteriormente los gobernantes comenzaron a experimentar con el concepto de “dinero” y posibilitaron la coexistencia de metales y billetes como medio de pago. Así, la sociedad vivió períodos de bimetalismo y monometalismo cuyo ejemplo más reciente fue la era del patrón oro, definitivamente abandonado por los EEUU de Nixon en los años setenta del pasado siglo para dar paso de manera definitiva a la economía tal como la conocemos hoy, la llamada economía fiduciaria donde el billete de papel es el medio generalizado de pago.

¿Pero por qué sólo utilizamos monedas y billetes para pagar los bienes y servicios que necesitamos a diario y no oro, plata o diamantes? La respuesta es clara, porque estamos obligados a pagar con monedas y billetes, con esa “forma de dinero” y no otra diferente.

Se dice que una “forma de dinero”, ya sea monedas y billetes, u oro, plata o diamantes, alcanza la consideración de “dinero” cuando termina por “monetizarse”, es decir, cuando su uso termina siendo generalizado por la población de ese país.

Esta situación puede alcanzarse de dos maneras totalmente distintas: 

  1. esa “forma de dinero” es aceptada por la población de una manera natural dado que de todas las formas posibles de dinero ha sido elegida como la mejor (ejemplo, preferencia por el oro frente a otro tipo de metales).
  2. esa “forma de dinero” es impuesta por los Estados a través de “las leyes de curso forzoso” y, por tanto, es aceptada por la población obligatoriamente (ejemplo, las monedas y billetes o papel-moneda)

La teoría económica dice que cuando esto ocurre, es decir, cuando se generaliza o monetiza una “forma de dinero” como el papel-moneda (monedas y billetes) que todos utilizamos, ese “dinero” debería de cumplir, por nuestro propio bien, las tres funciones siguientes:

  1. Unidad de Cuenta: ese “dinero” debe de servir para contar y contabilizar. Tanto los sueldos y salarios que recibimos como los bienes que compramos y los impuestos que pagamos están denominados y contabilizados en esa moneda (euros, dólares, yenes, etc.).
  2. Medio de Pago o Sistema de Intercambio: ese “dinero” debe de servir para pagar o intercambiar bienes y servicios. Por ejemplo, la compra ya sea de una lavadora o de un libro la pagamos en esa moneda (euros, dólares, o yenes) a través de “dinero” (billetes y monedas, cargo en cuenta corriente, transferencia, etc.).
  3. Depósito de Valor: ese “dinero” debe de servir para poder mantener su propio valor en el tiempo. Es decir, si tengo un determinado patrimonio acumulado que está denominado en “dinero” en efectivo, mi poder adquisitivo se debería mantener estable con el paso del tiempo.
El concepto de «dinero fraudulento» por Intermoney

Y decimos “se debería mantener estable” porque en realidad, esto no sucede. Más adelante veremos que el “dinero” en la forma de “efectivo” (papel-moneda o moneda fiduciaria) no cumple la función de Depósito de Valor. Y como es lógico, no la cumple en ninguna de las diferentes manifestaciones que utilizamos a diario: billetes y monedas, cuentas corrientes, depósitos bancarios, depósitos a plazo, etc.

Como inversores, esto es un problema enorme dado que la función de Depósito de Valor es precisamente aquella en la que estamos más interesados ¿qué sentido tiene estar preocupados por nuestro patrimonio cuando por otro lado ahorramos e invertimos a través de un “dinero” que no garantiza su valor o poder adquisitivo en el futuro?

Es decir, la función de Depósito de Valor es la más importante para inversores como nosotros, y al mismo tiempo la más olvidada ya que parece no importar a nadie el hecho de que el “dinero de hoy valga menos que el de mañana”.

En tiempos pasados, un ahorrador tenía la suerte de contar con una forma de “dinero” como el oro que cumplía, y cumple, las tres funciones descritas anteriormente.

En la actualidad lamentablemente ya no utilizamos oro para nuestras decisiones diarias de consumo e inversión, sino que desde la instauración de la llamadas “leyes de curso forzoso” los Estados han obligado a utilizar el “efectivo” como la única moneda de curso legal de pago aceptable (cobro de sueldos, tenencias en cuentas corrientes, pago de impuestos, etc.) y lo que es más importante, la única forma legal de cancelar las deudas. Es decir, desde ese momento los ciudadanos solo podemos utilizar el “efectivo” en sus diferentes formas (billetes y monedas, cuentas corrientes, etc.) como único “dinero” posible.

Como el uso legal de ese “dinero” ha sido impuesto desde las instancias públicas, esa forma de dinero, el “efectivo”, no es privada como ocurre en el caso del oro o las criptomonedas. Por contra, y dado que es una competencia estatal, se suele hablar de un monopolio monetario para el que se acuña el término de “moneda de curso legal” o “de curso forzoso” (también conocida como “unidad monetaria” o “moneda corriente”).

El hecho de estar bajo este monopolio monetario que solo nos permite el uso de un “dinero” en la forma de “efectivo” que no cumple las tres funciones, hace que muchos economistas se refieran a él como una especie de “dinero fraudulento”.

Como vimos con anterioridad, si bien cumple las dos primeras, las funciones de Unidad de Cuenta y de Medio de Pago, no satisface la más importante, la función de Depósito de Valor. Es decir, es cierto que el “efectivo” nos sirve para llevar a cabo las actividades económicas cotidianas en el día a día, como son las necesidades de contabilizar y de pagar; pero, por el contrario, no satisface las necesidades más importantes de todo inversor ya que no actúa como un verdadero depósito de valor asegurándonos la preservación de nuestro patrimonio en el tiempo ante la presencia de inflación.

Para comprobar la veracidad de esta afirmación basta con coger uno de esos billetes de 10€ olvidado en el bolsillo de un abrigo en el año 2002 y tratar de darle uso ahora, casi 20 años después ¿tendría ese billete en 2019 el mismo poder de compra que tuvo antaño? La respuesta es clara: no. Esos 10€ han perdido poder adquisitivo y no podemos comprar lo mismo que comprábamos antes.

Realmente estamos ante un nudo gordiano: somos ahorradores e inversores y al mismo tiempo estamos obligados a utilizar un “dinero”, el “efectivo” que no es capaz de preservar el valor de nuestro patrimonio en el tiempo.

Tanto es así que ninguna de las divisas o monedas fiduciarias (dólar, euro, libra, yen, etc.) han podido cumplir la función de Depósito de Valor en los últimos 100 años. Ni siquiera una “divisa” tan sólida a priori como el franco suizo lo ha logrado. Todas ellas, en mayor o menor medida se han ido “envileciendo” con el paso del tiempo dando la razón a los economistas que opinan que el “efectivo” se ha convertido en una especie de “dinero fraudulento” impuesto por ley, y que, de no ser así, probablemente los inversores y ahorradores se refugiarían en otras formas de “dinero” más beneficiosas para sus intereses. Esos mismos economistas opinan abiertamente que el “dinero”, definido como “efectivo”, ha dejado de ser “contante y sonante”.

Aunque en el pasado (la era del patrón oro, por ejemplo), la oferta de “dinero” estuvo limitada al depender de la producción de oro a nivel mundial, en la actualidad la oferta de “dinero” que hay en el mercado en cada momento la deciden arbitrariamente un comité de 13 personas (en el caso del BCE).

No es de extrañar que debido a la época de proliferación monetaria que nos ha tocado vivir por la presencia activa de los bancos centrales y sus programas de Quatitative Easing, la pérdida de fe en una moneda fiduciaria nos haga anhelar otras formas de “dinero”.

A este respecto es obligatorio hacer una breve reseña a la forma de “dinero” más reciente: las criptomonedas. En los últimos años hemos asistido a una dura competencia entre todas ellas (Bitcoin, Ethereum, Bitcoin Cash, LiteCoin, etc.) por llegar a tener también la consideración de “dinero”.

Las criptomonedas son, en definitiva, diferentes intentos de “dinero privado” en plena lucha por lograr la confianza generalizada del público que haga que terminen por monetizarse (generalizarse) y convertirse en “dinero”.

Las criptomonedas, como cualquier otra “forma de dinero” que lucha por terminar siéndolo, deben de cumplir las tres características antes señaladas. Pero falta todavía mucho tiempo para saber si las criptomonedas terminarán consiguiendo ser consideradas “dinero” o cuántas de todas ellas lograrán llegar al final. Solo una pequeña parte del total de las criptomonedas aspira a cumplir las 3 funciones del dinero. La mayoría se está especializando en cumplir solo alguna de ellas: Bitcoin como “depósito de valor”, LiteCoin como medio de pago y Zcash y Monero como medios de pago ocultos, son algunos de los casos más conocidos.

La lucha entre ellas ha sido tan encarnizada que ha terminado por generar grandes burbujas especulativas. En algunos momentos el precio al que han llegado a cotizar algunas de las criptomonedas recogía, en esencia, las fuertes expectativas de que terminasen imponiéndose en esta carrera por ser consideradas “dinero”. De hecho, los $20.000 a los que llegó a cotizar la más famosa de ellas, Bitcoin, descontaban lo valiosa que puede llegar a ser una moneda que acabe teniendo una utilidad real como “dinero” para la sociedad moderna, en el caso del Bitcoin como depósito de valor, una cualidad muy preciada tal como acabamos de ver en estos momentos de dominio de la economía fiduciaria o de papel-moneda.

Aún sin saber cuál será su futuro, hay que reseñar que esa misma lucha ya se libró con anterioridad en el pasado y en ella el oro terminó siendo elegido como el mejor de los conceptos de “dinero” existentes en ese momento frente al resto de bienes (como eran las materias primas y otros metales preciosos) que algún momento del tiempo también fueron considerados medios de pago igualmente aceptables. Pero tras un largo período de lucha, finalmente el oro se impuso al resto de bienes rivales de su tiempo y terminó siendo aceptado con carácter general (monetizado) como la forma de “dinero” a utilizar por la sociedad.

Independientemente de la época de la que estemos hablando, la conclusión que podemos sacar de la evidencia histórica acumulada hasta ahora es la siguiente: para que una forma de “dinero” (ya sea oro, Bitcoin o “efectivo”) se monetice y termine siendo considerada como tal, esa forma de “dinero” tiene que tener la confianza y la aceptación generalizada por parte de sus usuarios, que no son otros que los ciudadanos de esa sociedad, ya haya venido generada por méritos propios o impuesta por la aplicación de una ley.

Hace unas semanas escribíamos en esta misma columna acerca de la pérdida de credibilidad manifestada por los ciudadanos de Venezuela en la moneda emitida por su banco central. También recordábamos los anhelos que podían tener de épocas monometalistas o bimetalistas como las que relataba la película del Mago de Oz.

Somos europeos, no latinoamericanos y, por tanto, situaciones como las vistas en el corralito argentino a principios de siglo parecen no aplicables a un organismo como el BCE; pero son útiles para recordarnos como inversores los peligros de tener nuestro patrimonio concentrado en activos monetarios (bonos del Estado y letras del Tesoro) en detrimento de activos reales (acciones y fondos de inversión) en los que encontraremos una verdadera defensa ante la inflación para nuestro ahorro a largo plazo.

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